jueves, 25 de agosto de 2011

El novel abogado, Juan Diego Ugaz Heudebert, no aprende la lección que para hablar y comer pescado, hay que tener mucho cuidado.






El novel abogado, Juan Diego Ugaz Heudebert, no aprende la lección que para hablar y comer pescado, hay que tener mucho cuidado.

Ya fue denunciado por delito de difamación agravada por medio de prensa cuando dio una entrevista en la Revista Caretas el 8 de julio 2010 y , en su defensa, ante el Juez del 25 Juzgado Penal de Lima, dijo que no todo lo que dijo y que aparece en la nota periodística es responsabilidad suya sino del periodista que le hizo la entrevista, que el no dijo nada que agravie el honor ; en otros términos, la culpa la tiene el periodista y no ‘el.

Este proceso se ventila en el 25 Juzgado Penal de Lima y está pendiente de emitirse Sentencia.

El ocho de agosto se formularon los respectivos informes orales, lo que demuestra la conducta reiterativa del querellado. Su padre se encargo de dar el informe oral ante el juez que va a sentenciar, el hijo, permanecía en la parte de atrás , siguiendo atentamente el informe oral de su papá, quien en todo momento trató de convencer al juez que su hijo no dijo nada que pudiera ofender el honor del querellado .

Se espera una sentencia ejemplar para enseñarle a este novel abogado que cuando se ofende el honor y la dignidad de las personas o de las instituciones, se debe contar con pruebas y no dejarse llevar por el odio que ciega.

El querellado, Juan Diego Ugaz Heudebert, desconoce o no ha tenido el celo profesional para informarse que para ejercer el derecho a la libertad de expresión o información e invadir los derechos fundamentales de la persona, se debe partir de indicios fundados y racionales para creer en

la existencia de un hecho que presenta caracteres de delito y no debe basarse en meras sospechas o conjeturas.

Esta vez, en el programa CUARTO PODER, trasmitido el domingo 21 de agosto de los corrientes, el abogado Juan Diego Ugaz, se despachó a sus anchas contra la revista Juez Justo , mostraba ante la mirada curiosa y sorprendida del periodista, Carlos Castro, quien se tilda de investigador periodista, varios ejemplares de la revista en mención y señalaba los titulares , entre los que aparecía en rostro de la Procuradora de Lavados de Activos , Amelia Principe Trujillo, su papa, en una investigación realizada por su relación con la empresa fantasma Comunicore, e indignado, señalaba con el dedo una nota periodística escrita contra ‘el , bajo el titulo de “ Para comer pescado y hablar mal de la gente hay que tener mucho cuidado”( con motiuvo de la querella instaurada contra este abogado en el 25 Juzgado Penal de Lima )

A todas luces, este novel abogado odia a la revista Juez Justo , no le gusta que hayan sacado en portada a su padre, ligándolo a la empresa fantasma Comunicore, que hablen mal de la Procuradora Publica deLavados de Activos, Ameliar Principe, del argentino Roberto Sack , de Giovanni Paredes . Se ha erigido en defensor de esta pléyade de personajes que la revista y el programa Juez Justo le ha dedicado varios reportajes para quitarle ese ropaje falso de ser paradigmas de la eficacia, de la moralidad , de la lucha contra la corrupción, de ser los justicieros vengadores, etc.

Me imagino al abogado Juan Diego Ugaz, la noche del 28 de junio, cuando incendiaron la camioneta de Juez Justo. Esa noche al enterarse de ese acto terrorista, sintió un placer infinito, un orgasmo, en su mente se le cruz ‘o la idea de que esa maldita revista y programa que tanto odia , que investigó la sacrosanta imagen de su padre , ligándolo a Comunicore, por fin, iba a desaparecer por siempre. Pero no midió de que la revista Juez Justo y el programa transmitido en RBC, Canal 11, los sábados a las ocho de la noche , se levantaron con más fuerza , como el ave Fénix .

Nuevamente , el abogado Juan Diego Ugaz, en el programa Cuarto Poder, ante la mirada del inefable periodista Carlos Castro, quien ni siquiera llam’o al director de la revista Juez Justo, en este caso el suscrito, para pedirle su opinión o enterarse si es cierto la investigación realizada contra la Procuradora Publica de Lavado de Activos, Amelia Príncipe Trujillo o de la denuncia contra el padre de Juan Diego Ugaz, aunque la publicación y la investigación realizada por la unidad de investigación de la revista Juez Justo , habla por sí sola, le dio carta libre para que el abogado difame o agravie el honor de la revista ( porque las personas jurídicas también tienen honor ) y diga la revista es utilizada para atacar a quien nos investigan o denuncian y que son actos que obedecen a a una organización criminal ( lo dice en condicional como si eso lo libra de responsabilidad)

El querellado , Juan Diego Ugaz, nuevamente demuestra conducta reiterativa y habitual en este tipo de delitos, en sus declaraciones, de manera aseverativa, sin ningún margen a la presunción de inocencia( principios que debe conocer todo abogado ) afirma que la revista Juez Justo es parte de una organización criminal sin mostrar prueba alguna de los hechos que afirma.

De las declaraciones realizadas por el abogado JUAN DIEGO UGAZ HEUDEBERT, se denota un evidente ánimo y clara intención de perjudicarme el honor del director de la revista Juez Justo y la imagen y reputación de la revista , al atribuir una serie de conductas, hechos o cualidades, con frases concretas y directas sin tener motivo fundado que justifique las versiones que propala en un medio a nivel nacional, internacional y en Internet, actuando conpleno desprecio a la verdad, a sabiendas de la falsedad de la información propalada, con frases ofensivas e inaceptables lo que revela la ausencia de verificación y la falta a la verdad, con elcomponente subjetivo finalístico de difamar o menoscabar la imagen y reputación, confundiendo los hechos e interpretando maliciosamente información real con hechos creados para denigrar la imagen de la revista y por ende, del director general , con la finalidad de desacreditar a ambos, ante la opinión pública .

El abogado Juan Diego Ugaz, conoce y lo siente en carne propia, porque esta sujeto a una querella por difamación agravada, que para que se perfeccione la difamación agravada , conforme al art. 132, último párrafo del CP, basta la intención consciente que se haga contra una persona, empresa o institución, en este caso, a la Empresa Juez Justo TV SAC, (REVISTA y PROGRAMA JUEZ JUSTO), que la imputación de hechos determinados sean capaces de exponer al desprecio u odio público y que el querellado haya procedido con pleno conocimiento y conciencia de la falsedad de sus afirmaciones y del potenciar perjuicio que el reportaje iba a generar contra mi honor y reputación; todo lo cual revela su actuar doloso.

El artículo 132º, último párrafo del Código Penal, requiere que a través de los medios de comunicación social, se difunda ante varias personas reunidas o separadas una noticia, atribuyéndole a una persona un hecho, cualidad o conducta que pueda perjudicar su honor o reputación, siendo el elemento subjetivo el dolo entendido como animus difamandi[1].

Finalmente, la conducta desplegada por el querellado se adecuan perfectamente a todos los elementos objetivos y subjetivos del tipo penal del delito contra el honor en la modalidad de difamación agravada por medio de la prensa, y se encuadra en los elementos exigidos por este tipo penal agravado debido a que las frases difamatorias que difundió dolosamente a través de un medio de comunicación social masivo como el caso de Cuarto Poder de AméricaTelevisión, con ánimus difamandi, de manera conciente y voluntaria y que con tales declaraciones , lesionaba mi honor y reputación, sin respetar el derecho a la presunción de inocencia y sin contrastar de manera diligente la información que ha difundido, no existiendo causal de justificación que la exima de responsabilidad penal.

La difamación es un delito que atenta contra el honor de las personas en dos aspectos, elsubjetivo y objetivo. El aspecto subjetivo supone el sentimiento de la propia dignidad o autoestima; el aspecto objetivo, contempla de modo específico la reputación, la buena imagen o la valorización que otros hacen de nuestra personalidad ético-social, estando representado por la apreciación o estimación que gozamos ante nuestros conciudadanos. Tal igual que ampara la constitución el derecho al honor y la reputación de las personas naturales, también lo hace con las personas jurídicas, este caso, la revista Juez Justo TV.

En resumen, el novel abogado , Juan Diego Ugaz Heudebert, nuevamente ha incurrido en difamación agravada por medio de prensa y es candidato a otra querella por el mismo delito hasta que aprenda esa famosa frase “ para comer pescado y hablar mal de la gente hay que tener mucho cuidado”. Bien dicen que en la profesión de abogado, las mejores enseñanzas entran con sangre y caídas .

En cuanto al periodista, Carlos Castro, quien ejerce su derecho a la libertad de información, ha cometido un error u omisión que no lo cometería cualquier periodista, menos los que se tildan de “ periodistas investigadores”: ha obviado realizar, con carácter previo a la difusión de la noticia, una labor de averiguación y contraste de la información, no ha realizado una indagación seria sobre los hechos que atribuyen a la revista Juez justo y ha permitido que el abogado Juan Diego Ugaz dé rienda suelta a su odio acendrado , viole principios elementales de los derechos humanos como es la presunción de inocencia , partiendo de algo elemental : ni siquiera intento comunicarse con el director de la revista Juez Justo para escuchar su versión para cruzar la información . Y … después dicen que el director de la revista Juez justo acostumbra querellas a los periodistas por difamación agravada .



[1] Expediente N° 4101-98-Lima del 20 de octubre de 1998.

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